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Obligaciones fiscales de enero de 2020. ¿Cómo te ayuda tu programa de facturación?

Enero ya está aquí. Y para autónomos y pymes se trata del mes con mayor carga en términos de obligaciones fiscales de todo el año.

Aunque hacer tus declaraciones fiscales, no es algo sencillo de hacer, sí que es verdad que tu programa de facturación te pone las cosas más fáciles.

Te contamos cuáles son las obligaciones a las que hacer frente este mes y cómo utilizar Debitoor para ello.

Declaración de impuestos enero

IVA: modelo 303, modelo 390 y otros

Autónomos y pymes tienen hasta el 30 de enero para presentar los modelos de IVA:

  • Modelo 303 de IVA trimestral: En él se declara el IVA de las facturas de los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2019.

En el caso de Debitoor, no tienes que hacer mucho. Simplemente ve a la pestaña de Informes > IVA y allí podrás encontrar el modelo 303 del cuarto trimestre.

Te explicamos cómo rellenar el modelo 303 en nuestra Guía para pequeñas empresas.

  • Modelo 390: Modelo que resume todas las operaciones sometidas a IVA durante el año natural. Recoge el resultado de los modelos 303 presentados a lo largo del año, incluyendo el que se presenta conjuntamente en enero.

Por supuesto, también te explicamos cómo rellenar el modelo 390 con tu programa de facturación.

  • Modelo 309 de IVA: A presentar por autónomos acogidos al régimen especial del recargo de equivalencia hasta el 30 de enero.

  • Modelo 368: Declaración de IVA de los regímenes especiales de servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión o electrónicos, a presentar hasta el 20 de enero.

IGIC: modelo 420 y modelo 425

En caso de residir en las Islas Canarias, en lugar de presentar los modelos 303 y 390, presentarás los modelos 420 y 425 de IGIC:

  • Modelo 420 de IGIC: A presentar antes del 30 de enero para las operaciones efectuadas en octubre, noviembre y diciembre de 2019.

  • Modelo 425 de IGIC: A presentar antes del 30 de enero, se trata de un modelo recapitulativo anuala presentar por todos aquellos que han autoliquidado previamente el IGIC.

IPRF: modelo 130 o modelo 131

El plazo para presentar los modelos de IRPF coincide con el plazo para presentar los modelos de IVA. Autónomos y pymes tienen del 1 al 30 de enero para presentar los modelos 130 y 131, relativos a las retenciones a cuenta aplicadas durante el último trimestre.

  • Modelo 130: Modelo a presentar por aquellos que están en un régimen de estimación directa. Si aplicas el IRPF a más del 70% de tus facturas no estás obligado a presentarlo.

Te contamos cómo hacer el modelo 130 con tu programa de facturación.

  • Modelo 131: Modelo a presentar por aquellos que tributan por módulos.

Otras retenciones: modelo 111, modelo 115 y modelo 123

Estos modelos han de presentarse en Hacienda del 1 al 20 de enero:

  • Modelo 111: En él se declaran las retenciones practicadas durante el trimestre a trabajadores, empresarios y otros profesionales.

Seguramente te interese aprender cómo hacer el modelo 111 con tu programa de facturación.

  • Modelo 115: A presentar si tienes un local de trabajo alquilado por más de 900 euros al año por el que practicas retenciones.

Recuerda que tendrás hasta el 31 de enero para presentar los resúmenes anuales de estos modelos: el modelo 190 y el modelo 180.

  • Modelo 123: El modelo de liquidación de retenciones por intereses también ha de presentarse hasta el 20 de enero.

Operaciones intracomunitarias: modelo 349

Se puede presentar este modelo hasta el 30 de enero:

  • Modelo 349: Los autónomos y empresarios que compren o vendan bienes o presten servicios a otro país de la UE deberán presentar el modelo 349.

Otros modelos a presentar en enero

Hasta el día 31 de enero se podrán presentar los modelos 184 y 179 ante Hacienda.

El modelo 184 es una declaración informativa anual entidades en régimen de atribución de rentas.

El segundo modelo, el modelo 179, es una declaración informativa de la cesión de uso de viviendas con fines turístico del cuarto trimestre.

Como hacer las declaraciones fiscales con tu programa de facturación

Desde Debitoor intentamos hacer tu vida más fácil y para hacer tus declaraciones fiscales te damos dos opciones:

Puedes exportar toda tu información en formato Excel o .CSV en Configuración > Cuenta > Exportar datos. Después puedes enviarle la información a tu asesor.

Invita a tu asesor a Debitoor Studio en Contactos > Asesor. Desde allí tu asesor podrá descargarse directamente toda tu información contable. De esta manera, tu negocio estará siempre en buenas manos y tú podrás dedicarte a otras cosas.

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