Desde Debitoor esperamos que las altas temperaturas que estamos viviendo en España no te hagan olvidar tus obligaciones fiscales como autónomo y empresario.
Es por eso que a continuación te presentamos una lista de aquellas liquidaciones que has de presentar en este mes de julio:
Retenciones
Hasta el 20 de julio tienes tiempo para presentar las siguientes declaraciones de pago fraccionado del IRPF relativas al segundo trimestre de 2015:
- El modelo 130 si formas parte del régimen de estimación directa.
- El modelo 131 si perteneces al régimen de estimación objetiva.
Junto a estos dos modelos de liquidación del IRPF, existe otros dos tipos, pero que no se aplican a tus ganancias, sino a tus gastos:
- El modelo 111. Si tienes trabajadores a tu cuenta (ya sean por cuenta ajena o por cuenta propia) a los que les has aplicado la retención por IRPF, este modelo 111 has de rellenarlo.
- El modelo 115. Si tienes un local de trabajo al que le aplicas la retención (y superas los 900 euros de alquiler anuales), has de declarar el IRPF con el modelo 115.
IVA
Muy pocas actividades escapan al Impuestos sobre el Valor Añadido (IVA), por lo que como autónomo o empresario te toca entregar los siguientes modelos:
- El modelo 303 de IVA trimestral relativo al segundo trimestre de 2015.
- El modelo 349 si realizas operaciones intracomunitarias.
El plazo máximo de ambas declaraciones también es el 20 de julio.
Te recordamos, por cierto, que con el plan Premium Pro puedes rellenar automáticamente el modelo 303.
Impuesto de sociedades (IS)
Para aquellas sociedades que deben declarar el IS, el 27 de julio es el plazo máximo para presentar la declaración anual de 2014 rellenando el modelo 200.
Coda final. La gran ola de calor que se está viviendo en España ha disparado la venta de aires acondicionados. Te recordamos que si eres autónomo y trabajas desde casa, puedes deducirte un 50% del IVA de la compra, pues se considera un bien de inversión.