¿Tienen los autónomos subsidio de desempleo? Es una pregunta recurrente entre muchos autónomos.
Lamentablemente, dicha pregunta nace de un malentendido que en este blogpost queremos aclararte.
El subsidio por desempleo para autónomos: un malentendido
El subsidio por desempleo es una ayuda que ofrece la Seguridad Social a aquellos trabajadores que han cotizado menos de un año y que, por tanto, no les alcanza para la prestación de desempleo.
Está pensado, por tanto, para trabajadores por cuenta ajena que se han quedado sin trabajo y no para los autónomos.
Conclusión: un autónomo que ha cotizado menos de doce meses y que, por tanto, no puede solicitar el conocido como paro del autónomo (es decir, la prestación por cese de actividad), no puede beneficiarse de este subsidio.
¿Y qué hay de la prestación por desempleo del autónomo?
Otro malentendido: los autónomos no tienen derecho a la prestación contributiva por desempleo, es decir, el paro de toda la vida del trabajador asalariado.
Es la prestación por cese de actividad lo único que pueden solicitar. Y no, no son lo mismo. Para que el autónomo pueda acceder a esta prestación no basta con haber cotizado al menos doce meses y haber parado su actividad.
Tiene que demostrar, además, que el cese de la actividad ha sido involuntario así como justificar que ha sufrido pérdidas por encima del 10% de los ingresos durante un año, entre otros requisitos.
Las condiciones de acceso son tan estrictas que casi la mitad de los autónomos que solicitan esta prestación la ven denegada.
¿Qué otras ayudas hay al desempleo para los autónomos?
Así como un trabajador por cuenta ajena que no tiene derecho a la prestación contributiva de desempleo puede solicitar el subsidio, los autónomos que ven denegada la prestación por cese de actividad no tienen acceso a otras ayudas al desempleo para autónomos.
¿Qué hacer entonces? Como autónomo, nada. Pero si antes de hacerte autónomo estabas cobrando el paro, puedes reanudarlo si no han pasado más de cinco años desde que te diste de alta como autónomo.
En cualquier caso, lo recomendable es acudir a la oficina de empleo e informarse bien de la situación. Una opción razonable es inscribirse como demandante de empleo y solicitar la Renta Activa de Inserción si se tienen más de 45 años.
Y a malas (muy malas), el autónomo que se encontrara en una situación de extrema necesidad puede acudir también a los servicios sociales de su comunidad autónoma. Allí puede preguntar si tiene acceso a una renta de inserción.