Después de la entrada en vigor en mayo de 2019 del registro horario en las empresas, muchos autónomos se preguntaron cómo les afectaría esto a ellos.
Hoy hablamos de si los autónomos tienen que fichar y cómo les afecta el registro de la jornada laboral.
¿Los autónomos tienen que fichar?
Primero de todo, aclaremos qué quiere decir fichar. Un trabajador ficha cuando registra la hora de entrada y salida de su trabajo.
Ahora bien, ¿a quién aplica el registro horario y por tanto, quién tiene que fichar? En líneas generales el registro horario afecta a la mayoría de trabajadores. Sin embargo, hay una serie de excepciones.
Esto queda estipulado en una Guía sobre el registro de jornada publicada por el Ministerio de Trabajo. En esta guía se estipula que en el caso de los trabajadores autónomos "no se aplicará el artículo 34.9 ET y, por tanto, en su caso no existe la obligación de registro horario".
Es decir, no, los autónomos no tienen que fichar. Sin embargo, si eres un autónomo con trabajadores a tu cuenta, la historia cambia. La legislación te exige el registro de las jornadas de tus trabajadores, tanto los que estén a jornada completa como a tiempo parcial.
Si este es tu caso, te interesa seguir leyendo.
La información requerida para el registro de jornada
Aunque no existe un modelo oficial para el registro de jornada, el documento en cuestión deberá reflejar esta información:
- Datos de la empresa/autónomo
- Datos del trabajador
- Especificación de la jornada de trabajo que aparece en contrato del trabajador
- Hora de inicio y hora de finalización de la jornada
- Horas trabajadas: ordinarias y extraordinarias diarias y cómputo mensual
Es importante que con el sistema que se esté utilizando sea fiable y no manipulable, es decir, que no sea posible modificar la información posteriormente. Esto se hace para evitar fraudes.
La importancia de registrar correctamente la jornada laboral de tus empleados
Deberás realizar un cómputo total de las horas, ordinarias y extraordinarias al mes y entregar un resumen de esto a tus trabajadores con su nómina.
¿Qué ocurre si un autónomo no registra correctamente la jornada laboral de sus empleados? En ese caso te estarías enfrentando a una sanción. Si el error o incumplimiento se trata de una cuestión formal o documental, la sanción iría de los 60€ a los 625€.
Sin embargo, de tratarse de un incumplimiento de las normas o los límites legales en materia de jornada, la multa oscilaría de los 626€ hasta los 6.250€ en función de la gravedad de la situación.
Conservar los registros de jornada
Por ley, deberás conservar los registros de jornada de tus trabajadores durante cuatro años. Durante este tiempo, dicha información debe estar disponible tanto para tus trabajadores como para la Inspección de Trabajo.
El teletrabajo y el registro de la jornada laboral
La Guía sobre el registro de jornada que mencionamos anteriormente en este artículo también aclara la situación en caso de teletrabajo, es decir, la situación para aquellos empleados que trabajen a distancia.
La Guía asegura que existen "fórmulas asequibles que aseguran el registro de la jornada diaria, incluidas las especificidades o flexibilidad para su cómputo, a través de registros telemáticos o similares." Es decir, el registro de jornada en el caso de teletrabajo es obligatorio y además se considera viable.
De nuevo, los medios para registrar la jornada laboral durante el teletrabajo pueden ser diferentes siempre y cuando cumplan con lo establecido.
¿Eres autónomo y quieres saber más sobre cómo afecta el registro horario a los autónomos? Puedes aprender más al respecto en nuestra Guía para pequeñas empresas.