Al darte de alta como autónomo, existen una serie de requisitos fiscales a los que deberás hacer frente. A continuación, encontrarás una explicación detallada de cada uno de los impuestos para autónomos:
Impuestos para autónomos sobre la Renta de las Personas Físicas
Este impuesto grava la renta obtenida por el autónomo cualquiera que sea su naturaleza. Pueden ser del trabajo, del capital o incrementos de patrimonio.
El modelo 130 recoge el diferencial entre los gastos e ingresos obtenidos trimestralmente. Al total de la diferencia se le aplica un 20% y resulta la cantidad a pagar a cuenta por el autónomo a Hacienda. La presentación de este impuesto se realiza entre el día 1 y el día 20 posterior al fin del trimestre. Es decir, entre el 1 y el 20 de abril, de julio, de octubre y enero.
¿Qué ocurre con las retenciones que tus clientes te han realizado? Es decir, ¿dónde van esos pagos a cuenta? Se compensan del 20% a pagar como diferencial de gastos e ingresos, mencionado anteriormente.
¿Qué autónomos o profesionales no tienen que presentar el modelo 130? Aquéllos cuya facturación pertenezca al menos en un 80% a un único cliente - recuerda nuestro programa de facturación profesional - no deberán presentar este impuesto para autónomos. En cambio, sólo tienen que presentar el modelo O36 en hacienda solicitando estar exonerados de esta obligación.
Obviamente a final de año si deberán presentar el IRPF con todas las rentas obtenidas en el año al igual que todos los contribuyentes Españoles. Más sobre la Renta
Presentación del impuesto del IVA trimestral
¿Qué es el IVA? Es el impuesto sobre el valor añadido que grava el consumo, es de carácter obligatorio y lo paga el cliente final, denominado sujeto pasivo del impuesto.
Si un autónomo (o empresario) compra bienes o adquiere servicios, recibe una factura de su proveedor con un IVA soportado, con el que se incrementa el valor final de la factura. Pero el autónomo no paga ese IVA, si no que lo recauda para Hacienda y trimestralmente lo presenta.
El formulario para presentar el IVA trimestral es el modelo 303 y consiste en la diferencia entre el IVA repercutido por sus clientes y el IVA soportado de sus proveedores.
¿Cuándo hay que hacer la liquidación de IVA? Durante el mes siguiente al fin del trimestre, es decir, en abril, julio, octubre y enero.
Con esta explicación, hemos tratado los impuestos para autónomos en España. ¿Tienes ahora más clara la fiscalidad para autónomos? ¿Te quedan dudas? Envíanos un e-mail a [email protected].