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El IGIC cambia de 7 a 6,5%. ¿Tu programa de facturación está adaptado?

El pasado 31 de diciembre, el Gobierno de Canarias publicó la Ley 7/2018 del 28 de diciembre a en el Boletín Oficial de Canarias (BOC). Se aprobaron así los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma y se incluyen cambios en el IGIC.

Los nuevos presupuestos serán efectivos a partir del 1 de enero de 2019. Entre otras cosas conllevan tres novedades para el IGIC y, por tanto, para tu programa de facturación.

Mapa de Islas Canarias, donde se cambia el IGIC de 7 a 6,5% y obliga a que los programas de facturación se adapten, Debitoor ya lo hace

Qué es el IGIC y qué supone para mi facturación

El IGIC o Impuesto General Indirecto Canario es la cuota tributaria propia del estatuto de la comunidad autónoma. Tiene un tipo de gravamen inferior que el IVA peninsular.

Este impuesto indirecto y grava las entregas de bienes y servicios producidos en territorio canario. Te recomendamos que visites nuestro diccionario contable si quieres saber más sobre qué es el IGIC.

Dicho impuesto solo te afectará si resides en las conocidas como islas afortunadas o si estás situado en la Península y vas a facturar a Islas Canarias. En ese caso, se considerará una operación exenta de IVA.

Qué cambios se producen en el IGIC

Con los nuevos Presupuestos Generales, se aplicará una reducción de medio punto en el impuesto a las operaciones sujetas al tipo general, a aplicarse a partir del 1 enero de 2019.

Respecto al IGIC, se incluyen las siguientes tres medidas:

  • Los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día y de noche y atención residencial quedarán exentos
  • Las entregas de energía eléctrica quedarán exentas
  • Las entregas e importaciones de panes especiales, aceites y pastas aplicarán el tipo cero.

Todos estos cambios pueden suponen un ajuste en tu facturación. Si no usas un programa de facturación y, sin embargo, haces facturas en Excel, deberás actualizar tus plantillas.

Si usas un programa de facturación, sigue leyendo.

Cómo afecta el cambio de IGIC a mi programa de facturación y si está adaptado

Si tienes que facturar con el 6,5%, deberás asegurarte de que tu programa de facturación lo ofrece. A partir del 1 de enero, estarás obligado a dejar de tributar al 7 y tributar el 6,5%.

La mayoría de programas de facturación cubren el IVA, pero no todos cubren el IGIC. Asimismo, es importante que hayan actualizado el tipo general, permitan el tipo cero y cubran la exención de IGIC.

Pero ¿es el caso de Debitoor? No lo dudes.

Ejemplo de registro en Debitoor usando la edición específica para Islas Canarias que tiene IGIC

Debitoor está adaptado al IGIC al 6,5%

Si resides en las Islas Canarias, cuando te registras en Debitoor, deberás seleccionar como país España (Islas Canarias). La otra opción es España (excepto Islas Canarias). Fácil ¿verdad?

Al elegir España (Islas Canarias) te registrarás en la edición específica para Islas Canarias. De esta manera, tendrás IGIC como impuesto.

En Debitoor, hemos adaptado la edición para que puedas emitir facturas al 6,5%. Así, cumplirás con la fiscalidad correspondiente o, hablando en plata, todo será legal.

Además, también puedes establecer el tipo cero, de manera que, si vendes panes especiales, pastas o aceites, podrás aplicar el 0%.

Finalmente, recuerda que, si facturas a la Península, la factura irá exenta de IGIC o IVA. Debitoor lo hace automáticamente para que no tengas que preocuparte.

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