Este año 2019 asistimos a un cambio significativo por lo que hace a las condiciones laborales de los autónomos.
Con la aprobación del acuerdo entre Gobierno y autónomos para 2019, se lograron avances importantes que afectaban, entre otras cosas, al pago de la cuota de autónomo durante la baja.
El pago de las cotizaciones durante la baja del autónomo
Hasta este año, el autónomo, al estar de baja, debía seguir pagando la cuota de autónomo. En 2019, sin embargo, esto cambió.
Con el acuerdo antes señalado, el autónomo solo está obligado a pagar sus cotizaciones a la Seguridad Social durante los dos primeros meses de baja. Pasados los primeros 60 días será la mutua la que asuma ese coste.
¿Cuánto tendrá que pagar el autónomo durante los dos primeros meses de baja?
Desde este año los autónomos están obligados también a cotizar por contingencias profesionales y cese profesional. Además, también están obligados a contratar una mutua (más información en: ¿Es obligatorio tener mutua siendo autónomo?).
La mutua se hace cargo del pago de la cuota pasado los primeros 60 días de baja. Pero, ¿quién asume el coste los primeros 60 días? ¿Y cuánto ha de pagar?
Pues bien, el coste lo asume el autónomo y la cuantía es la correspondiente a la cuota de autónomo que ha estado pagando hasta el momento.
Esa cuota - que en 2019 era de 283,3 euros mensuales si se cotiza por la base mínima - permanecerá invariable y es el gasto que el autónomo debe tener en cuenta a la hora de hacer cálculos.
Por último, conviene recordar que el autónomo percibe una cuantía distinta de prestación según la baja sea por contingencias comunes o por contingencias profesionales.
Más información en: ¿Qué prestaciones por enfermedad tiene un autónomo?