La economía social ha sido un gran avance en las nuevas formas alternativas de la economía del siglo XXI. Cada vez son más los emprendedores que deciden apostar por actividades cuyo fin sea una mejora de la sociedad.
¿Pero en qué consiste exactamente la economía social? ¿Qué es un emprendedor social? ¿Está sujeto a las mismas normas que cualquier emprendedor?
Estas respuestas nos ayudarán a entender, desde el punto de vista de un programa de facturación destinado a cualquier emprendedor, si los emprendedores sociales se deben regir por las mismas normas o si, por el contrario, rigen otras.
¿Qué es un emprendedor social?
Un emprendedor social es aquel que lleva a cabo iniciativas con fines eminentemente sociales. Estamos hablando de iniciativas solidarias, que promueven la inclusión de los más desfavorecidos, que impulsan la equidad y la igualdad de oportunidades, la sostenibilidad social, etcétera.
Lo que diferencia a un emprendedor social de un emprendedor convencional del sector privado es que el fin de su actividad es social y está por encima del lucro.
¿Quiere decir esto que se trata de actividades sin ánimo de lucro? No exactamente: el emprendedor social, aunque se considera algo a medio camino entre lo público y lo privado, formalmente se mueve entre lo privado.
Al fin y al cabo, se trata de una figura privada - ya sea individual o colectiva - que promueve el bien social con capital privado.
Obligaciones formales de los emprendedores sociales
La economía social se mueve por el terreno formal del sector privado. Es decir: una empresa social ha de seguir las mismas formalidades que una empresa privada, desde su creación hasta las reglas que rigen la facturacion.
Esto no quiere decir que los emprendedores sociales no tengan una regulación específica en España. Con la Ley 5/2011, de 29 de marzo, de Economía Social, se creó un marco jurídico común a todas las entidades que forman parte de la llamada economía social.
Mutualidades, cooperativas, sociedades laborales, centros de inserción, fundaciones, etc, son las distintas entidades que, desde 2011, disfrutan de una mayor seguridad jurídica.
Obligaciones de facturación de los emprendedores sociales
A pesar de contar con un marco jurídico específico, los emprendedores sociales deben seguir las mismas reglas de facturación y contabilidad que cualquier otra empresa.
Esto quiere decir que deben hacer facturas por sus servicios y tributar el IVA de forma trimestral, entre otras obligaciones fiscales de un emprendedor.
No obstante, a la hora de tributar por el Impuesto de Sociedades, los emprendedores sociales disfrutan de determinados beneficios y exenciones que pueden variar entre comunidades autónomas.