2017 arranca, como cada año, con cambios fiscales (y no solo fiscales) que afectarán a la facturación de los autónomos. Y no solo a la facturación, sino a su actividad económica en general.
La cuota mínima de autónomos, ¿cuánto subirá?
A estas alturas del mes (mediados de enero, se dice pronto), todavía es una incógnita si al final la base mínima de cotización para autónomos subirá al ritmo que lo hace el Salario Mínimo Interprofesional (SMI): esto es, en un 8%.
Hace un año subió un 1%, en consonancia con el IPC (el Índice de Precios al Consumo). La principal asociación de autónomos de España, la ATA, ya dijo que no aceptaría una subida superior al 3% (que ya es una Señora subida: 96 euros más en todo el año).
No obstante, sea o no lo que acepte el ATA, la palabra final la tendrá el Congreso, que es donde se deben aprobar (todavía en fase de negociación) los preupuestos para 2017.
Dos datos, no obstante, parecen claros:
- La base mínima para autónomos societarios sí que subirá al 8%.
- La base máxima de cotización subirá un 3%.
Nueva ley de autónomos
Lo avanzamos hace un mes: el Congreso daba luz verde a la tramitación de una nueva ley de autónomos (lee lo más importante en "Nueva ley de autónomos, ¿qué cambiará?").
La ley se están tramitando, por lo que he resultado final puede variar a lo que tramitado inicialmente. De todas formas, vale la pena recordar lo más relevante:
- Se amplía la tarifa plana para nuevos autónomos a 12 meses.
- Un sistema flexible de altas y bajas a la Seguridad Social (se tendrá en cuenta el día, y no todo el mes).
- Cambio flexible de la base de cotización (se podrá cambiar hasta cuatro veces al año).
- Una cotización más flexible, que tenga en cuenta las actividades esporádicas así como aquellas que no llegan (en ingresos) al salario mínimo interprofesional (quedarían exentos de pagar la cuota mensual a la Seguridad Social).
- Un sistema de penalización a los clientes (empresas) morosos.
- Reducción de los recargos sancionadores por demoras en los pagos a la Seguridad Social y Hacienda (un sistema progresivo que iría del 3% hasta llegar al 20% si la demora supera los tres meses).
- Ayudas a la conciliación familiar y la maternidad: bonificación del 100% de la cuota de autónomos cuando se solicite la baja por maternidad o paternidad y para mujeres que retomen su actividad dos años después del parto.
¿Cuándo se aprobará definitivamente la ley? Los trámites parlamentarios llevan su tiempo. Ahora mismo se debate en una subcomisión en el Congreso, por lo que la cosa llevará su tiempo. Eso sí: en 2017 habrá nueva ley de autónomos. Cuándo, ya veremos.
Hacienda da marcha atrás y rebaja el régimen de aplazamientos de deudas
Inicialmente, otra de las sorpresas que el decreto-ley aprobado por el Gobierno el pasado 3 de diciembre (el mismo que aprobaba la subida del SMI) afectaba a las deudas que los autónomos tienen con Hacienda.
No obstante, el Gobierno reculó este viernes 13 de enero. La Agencia Tributaria, en una instrucción a todas sus delegaciones territoriales, modificaba la norma de un modo más ventajoso para los autónomos:
- Podrán aplazar las cuotas del pago fraccionado del IRPF y del IVA repercutido.
- Si las deudas superan los 30.000 euros, tendrán que justificar que todavía no han cobra el impuesto (por ejemplo, que no han cobrado la factura) y tendrán hasta 36 meses para abonarlo.
- De ser igual o inferior a 30.000 euros, los autónomos tendrán hasta 12 meses para abonar la deuda sin necesidad de justificarlo.
Deducciones en el IRPF para autónomos
No todos son malas noticias para los autónomos: estos se podrán deducir del IRPF los gastos dedicados al uso profesional del automóvil, así como a los suministros de agua y luz cuando usen su vivienda como lugar de trabajo (no se podrán deducir todo, sino la parte correspodiente a la actividad).
Sistema de módulos, el cambio que viene
En la reforma fiscal de 2015, se modificó el régimen de IRPF por el que muchos autónomos tributan por módulos. En la reforma de entonces, se restringían los límites para poder tributar por este régimen: por parte de los ingresos, de 450.000 a 150.000 euros. Y por parte de los gastos, de 300.000 a 150.000 euros.
No obstante, para suavizar la transición, el Gobierno relajó los límites para 2016 y 2017: 250.000 euros tanto por el lado de los ingresos como de los gastos.
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