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Cómo hacer el modelo 420 de IGIC con tu programa de facturación

Es un hecho que nuestro programa de facturación, ya desde sus primeros pasos, está adaptado a las necesidades de los autónomos y pymes de las Islas Canarias.

Esto implica no sólo hacer facturas con IGIC, sino también la opción de generar el modelo 420 trimestral.

Así que aprovechando que julio es el mes para presentar las declaraciones fiscales del segundo trimestre, queremos mostrarte cómo hacer el modelo 420 con nuestro programa.

Rellena el modelo 420 con tu programa de facturación de Debitoor

Qué es el modelo 420 y cuándo se presenta

El modelo 420 es una declaración con la que autoliquidas el IGIC de tu facturación trimestral a la Agencia Tributaria Canaria.

Su calendario es el mismo que el de cualquier otra autoliquidación trimestral en España:

  • Del 1 al 20 de abril se declara el primer trimestre del año (enero, febrero y marzo).
  • Del 1 al 20 de julio, el segundo trimestre (abril, mayo y junio).
  • Del 1 al 20 de octubre, el tercer trimestre (julio, agosto y septiembre).
  • Del 1 al 20 de enero, el cuarto y último trimestre del año anterior (de octubre a diciembre).

Si el último día de presentación cae en fin de semana o festivo, como es el caso de este año, entonces el plazo se amplía al siguiente día hábil.

Qué información necesitas de tu programa de facturación para rellenar el modelo 420

Si estás suscrito a los planes M o L de Debitoor, no necesitas hacer nada. El programa genera automáticamente el modelo 420 a partir de la información que has ido introduciendo en las secciones "Facturas" y "Gastos".

Ahora bien, si no perteneces a ninguno de esos planes o prefieres hacerlo aparte, esta es la información que necesitas:

  • Las facturas de venta del correspondiente trimestre (las que registras en la sección "Facturas").
  • Las facturas de compra del trimestre (las que registras en la sección "Gastos").

Si te descargas el modelo, verás que se divide fundamentalmente en dos partes: el IGIC devengado y el IGIG deducible.

El IGIC devengado se refiere a las facturas de venta. El IGIG deducible, al de las compra.

Esta es la información que te hace falta de las facturas:

  • La base imponible de todas las facturas.
  • El tipo de IGIC (solo para el IGIC devengado).
  • La cuota tributaria, que es la cantidad de IGIC que se suma a la base imponible.

Toda esta información la puedes descargar en archivo de Excel en Configuración-->Cuenta-->Exportar datos.

Observarás que a cada uno de los parámetros antes señalados se muestran, cada uno, en una columna. Solo has de hacer la suma.

Consulta con un asesor para rellenar el modelo 420

Aunque rellenar el modelo 420 no es ningún misterio, conviene siempre consultar con un asesor o gestoría. Especialmente para asegurarte de que determinados gastos son realmente deducibles, entre otras cosas.

Si ya trabajas con un asesor o gestoría, recuerda que puedes invitarlo a acceder a tu cuenta en "Contactos-->Asesor".

Al asesor o gestoría le llegará un email con un enlace. Ha de clicar sobre el enlace para abrirse una cuenta con Debitoor Studio, nuestra plataforma (gratuita) para asesores.

Desde esa cuenta de asesor podrá ayudarte no sólo a presentar todas las declaraciones fiscales, sino también a gestionar la contabilidad de tu negocio.

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