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La jubilación de los autónomos en 2021

Tras la reforma de las pensiones de 2013, cada año se aplican nuevas modificaciones en las condiciones para acceder a la jubilación de autónomos y trabajadores por cuenta ajena. Te contamos las principales novedades de este año.

2021 trae consigo una serie de novedades en las pensiones de los autónomos.

La pensión media de los autónomos subirá

Una de las cuestiones que cambia a partir de 2021 es que se retoma el IPC para calcular la revalorización de las pensiones cada año.

La buena noticia es que, como consecuencia, este año se incrementarán las pensiones un 0,9%. En lo que a los autónomos jubilados se refiere, esto supondrá una media de 6,8 euros al mes, o sea, unos 81 euros al cabo del año.

Si has cotizado menos de 37 años, la edad mínima de jubilación serán los 66

Como recordábamos al inicio de este artículo, con la reforma de las pensiones ya se establecieron algunos cambios que se van implementando año a año. Uno de ellos es el incremento de la edad de jubilación hasta llegar a los 67 años en 2027.

Lo mismo sucede con el tiempo mínimo que los trabajadores deben tener cotizado, que alcanzará en ese horizonte de 2027 los 38 años y medio.

Pero, ¿a qué edad puedes jubilarte y cuál es el periodo de cotización establecido para 2021? Pues bien, los autónomos que quieran jubilarse este año, podrán hacerlo a los 65 años si tienen, como mínimo, 37 años y tres meses cotizados a la Seguridad Social. En caso contrario, la edad mínima de jubilación se establece en 66 años.

En el siguiente gráfico puedes ver la evolución de los periodos de cotización y la edad mínima de jubilación desde 2017 hasta 2027. Si el periodo cotizado es igual o superior al indicado en el gráfico, la edad mínima de jubilación seguirán siendo los 65 años.

Infografía con la información sobre la edad de jubilación en función de los años cotizados.

¿Cómo se calcula la pensión del autónomo?

A la hora de calcular la prestación por jubilación de los autónomos, también hay novedades este año. Y es que el periodo que se utiliza para realizar ese cálculo, se amplía un año más, hasta los 24 años.

Así, para saber cuál será el importe de la pensión, se calcula primero la base de cotización de los últimos 24 años. Si has cotizado durante el periodo mínimo establecido para 2021 (36 años) no se aplicarán penalizaciones. Si por el contrario, has cotizado menos de 36 años, habría que realizar el cálculo de la siguiente manera:

  • Se cobrará el 50% de la base reguladora por los primeros 15 años de cotización (periodo mínimo cotizado para poder cobrar una pensión contributiva).
  • Por cada mes adicional a esos 15 años, entre los meses 1 y 106, se suma un 0,21%. Es decir, por cada año adicional a los 15 primeros años de cotización (hasta llegar a los 8 años y 10 meses) habría que sumar un 2,5% más al porcentaje sobre la base reguladora para obtener la pensión.
  • Y por último, por cada mes de los siguientes 12 años y dos meses, habría que aplicar un 0,19% más, hasta llegar al 100%, que sería una pensión por la base reguladora completa.

Si quieres realizar el cálculo de tu prestación por jubilación, la Seguridad Social pone a tu disposición este simulador de jubilación.

Autónomos y jubilación anticipada

En caso de querer jubilarte de manera anticipada, como autónomo también puedes hacerlo, pero debes cumplir una serie de requisitos y aceptar determinadas penalizaciones.

Para poder prejubilarte siendo autónomo, la edad mínima en 2021 es de 64 años, siempre y cuando hayas cotizado al menos 35 años.

En cuanto a las penalizaciones, se establecen cuatro bloques diferentes:

  • En el primer caso, se aplica una reducción del 8% por año para aquellos autónomos que quieran prejubilarse y hayan cotizado durante 38 años y medio o menos.
  • En segundo lugar, se aplica un 7,5% de reducción para las prejubilaciones de autónomos que hayan cotizado más de 38 años y medio pero menos de 41 años y seis meses.
  • En el tercer bloque, se establece un coeficiente reductor de un 7% a la prestación anual de los autónomos con un periodo cotizado de más de 41 años y medio pero menos de 44 y seis meses.
  • Por último, a los autónomos que quieran prejubilarse y hayan cotizado al menos 44 años y medio se les aplicará una reducción de un 6,5% por cada año de antelación a la edad establecida.

Deudas con la seguridad social y jubilación

En momentos de crisis, la posibilidad de que llegue el momento de jubilarte estando pendiente del pago de alguna de tus cuotas aumenta. En este sentido, es importante recordar que uno de los requisitos para poder acceder a la prestación por jubilación es estar al corriente de pago de tus obligaciones con la Seguridad Social.

En nuestro artículo sobre autónomos y deudas con la Seguridad Social, te contamos más al respecto, así como cuándo prescriben, cómo aplazarlas y las ayudas que existen para hacerles frente.

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