Las Islas Canarias tienen un régimen fiscal especial, cuya máxima expresión, en el comercio, es el IGIC y las normas tributarias que se aplican con la Península y las Islas Baleares.
El IGIC es lo equivalente al IVA en la España peninsular y Baleares. Aunque los tipos varían (los del IGIC son inferiores).
Esta diferencia fiscal tiene sus consecuencias en las operaciones entre Canarias y la Península (incluida Baleares). Diferencia que te contamos en cómo he de hacer facturas a las Islas Canrias, Ceuta y Melilla.
Las facturas recibidas de Canarias: ¿con o sin IGIC?
Las facturas que recibes de tus proveedores canarios deben ir sin IGIC y sin IVA.
No obstante, su tratamiento contable y fiscal depende de si se trata de un bien o de un servicio. Si compras un bien a un proveedor de Canarias, la operación está exenta de IGIC. Por lo que hace al IVA, tendrás que pagar en la aduana el tipo correspondiente del bien en la Península.
Cuando se trata de un servicio que te presta un proveedor de Canarias, el tratamiento difiere un poco, aunque en la factura tampoco se debe aplicar el IGIC y el IVA.
Todo esto te lo explicamos con más detalle en nuestro artículo de la Guía para autónomos y pequeñas empresas: La factura recibida de Canarias.
Cómo registrar una factura recibida de Canarias en el programa de facturación de Debitoor
Con programa de facturación de Debitoor, el registro de una factura de un proveedor canario es fácil. Te lo mostramos en la siguiente imagen:
Los pasos son así de sencillos:
- En país, selecciona "Islas Canarias" o "IC". Al hacerlo, la casilla de IVA se desactivará.
- Introduce el importe, que debará ir sin IGIC ni IVA (el programa tampoco te deja introducirlo).
- Clica sobre Guardar y ya lo tienes.