En Debitoor insistimos con frecuencia en la importancia de hacer facturas que cumplan con todos los requisitos formales.
No en balde, el nuestro es un programa de facturación que ofrece modelos de factura que cumplen con la normativa de facturación.
¿Pero qué ocurre si las facturas que emitimos no cumplen con todos los requisitos formales, aun contando con el más completo software de facturación? ¿Estaríamos expuestos a una sanción tributaria?
Qué significa hacer facturas bien
En el lenguaje común abundan expresiones poco precisas. ¿Qué entendemos por hacer facturas bien? En nuestro contexto, que es el de la facturación, hacer facturas bien quiere decir, simple y llanamente, cumplir con todos los requisitos formales que estipula la ley.
En otras palabras, una factura ha de contener la siguiente información:
- El número (que ha de ser correlativo).
- La fecha de expedición y, si no coinciden, la fecha de las operaciones.
- Nombre o razón social, dirección y NIF del emisor de la factura y del cliente.
- La descripción de las operaciones, lo que incluye el precio por unidad antes de impuestos.
- El tipo de IVA y la cuota tributaria (la cantidad de impuesto que se añade a la base imponible).
- El importe final.
¿Qué ocurre si al hacer facturas cometo errores?
Cometer un error formal en la factura, como la omisión de un dato importante o, incluso, el cálculo incorrecto del IVA, no supone en principio ninguna sanción tributaria.
Ahora bien, la ley de IVA (artículo 170. Dos. 1º) indica que sí supone una infracción tributaria no consignar el recargo de equivalencia en la factura cuando se pertenece a dicho régimen.
Hecha esta salvedad, por lo general, una error formal en una factura se puede subsanar emitiendo una factura rectificativa.
Sanciones tributarias relacionadas con la facturación
Si bien cometer errores al hacer facturas no supone ninguna infracción fiscal, sí que se puede incurrir en una sanción tributaria si un autónomo o empresario no cumple con su deber de facturación.
Nos referimos al incumplimiento de las siguientes obligaciones:
- Expedición de facturas.
- Remisión.
- Rectificación.
- Conservación.
El incumplimiento de cualquiera de estas obligaciones puede suponer una sanción entre grave y muy grave.