Cataluña es una de las comunidades autónomas más dinámicas económicamente.
Su músculo industrial hace que no sólo sea la campeona de las exportaciones españolas, sino también una de las principales compradoras de bienes y servicios al resto de España, con Madrid, Aragón, Andalucía y Valencia como principales proveedores.
Si tu cliente es catalanohablante considera la posibilidad - o, más bien, la deferencia - de usar un modelo de factura en catalán si este es su idioma materno, aunque entienda perfectamente el castellano. Se trata de lograr una mayor cercanía y un trato más estrecho.
¿Cómo es una plantilla de factura en catalán?
Antes de seguir, recordarte que con Debitoor, nuestro programa de facturación, puedes hacer facturas en catalán, opción que verás en la misma plantilla de factura.
Y ahora, prosigamos: no hay una normativa especial para modelos de factura en catalán. La normativa de facturación es igual para todo el país.
Los elementos básicos de un modelo de factura en catalán, pues, son muy parecidos al de una plantilla de factura en castellano. Veámoslo uno a uno:
- Factura. Sí, es la misma palabra.
- Data de factura. La fecha de expedición.
- Data de venciment. La fecha de vencimiento.
- A pagar.
Como puedes observar, las palabras son casi idénticas. En los datos de cliente no has de alterar nada, ya que el NIF y el CIF reciben el mismo nombre que en castellano.
El siguiente aspecto tiene que ver con las línesa de productos y servicios, que, como verás, reciben nombres parecidos al castellano:
- Descripció.
- Quantitat.
- Unitat.
- Preu.
- Import.
Y, por último, has de mostrar el importe neto antes de IVA, el importe de IVA y el importe total:
- Subtotal sense IVA.
- IVA
- Total.
Clavado, ¿verdad? Una cosa más: si eres autónomo y has de añadir retención del IRPF, es tan sencillo como omitir la letra final: "Retenció".
El IVA en tu modelo de factura si exportas a Andorra
El Principado de Andorra tiene como lengua oficial el catalán y aunque no es territorio de la UE, se le aplican las mismas normas del IVA intracomunitario (la unión aduanera con la UE levantó los aranceles): por lo que si vendes productos o bienes a profesionales o empresas andorranos, no has de aplicar el IVA en la factura.
En caso de que tus clientes sean particulares, solo tienes que aplicar el IVA a los servicios: el tipo correspondiente en España, a no ser que se traten de servicios electrónicos, que van tasados con el IVA de Andorra (que tiene un tipo del 4,5%)
Para Cataluña está claro que no rigen las normas del IVA intracomunitario. Por si hay algún despistado.