Guía para empresas y autónomos

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Obligaciones fiscales trimestrales de los autónomos

Cada tres meses los autónomos deben presentar distintas declaraciones fiscales, entre ellas, las relativas al IVA (modelo 303).


Las obligaciones fiscales de los autónomos están sujetas a un calendario fijo. Los autónomos deben presentar obligatoriamente determinados modelos fiscales, ya sea de manera trimestral o anual.

Las obligaciones fiscales trimestrales suelen tener el siguiente calendario, que puede variar según el impuesto y según la fecha límite caiga en fin de semana o festivo:

  • Del 1 al 20 o 30 de enero para los impuestos del último trimestre del año anterior.
  • Del 1 al 20 de abril, para los impuestos del primer trimestre del año.
  • Del 1 al 20 de julio, para los impuestos del segundo trimestre.
  • Del 1 al 20 de julio, para los impuestos del tercer trimestre.

Los autónomos tienen que presentar trimestralmente distintas declaraciones fiscales

A continuación, repasamos los principales impuestos que se deben declarar cada trimestre. Si buscas información sobre la presentación anual de impuestos, échale un vistazo a: Obligaciones fiscales anuales para autónomos.

IVA: modelo 303

El IVA - y su correspondiente formulario, el modelo 303 - es el principal impuesto que deben declarar la mayoría de los autónomos cada trimestre. El calendario suele ser el mismo:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del año siguiente.

Si el último día de presentación cae en fin de semana o festivo, se mueve al siguiente día laboral.

Retenciones de IRPF: modelo 111 y modelo 115

Las retenciones de IRPF son anticipos que se hacen a la Agencia Tributaria en virtud del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Los dos modelos trimestrales de retenciones son los siguientes:

  • Modelo 111, para las retenciones practicadas a profesionales, empresarios y nóminas de los empleados.
  • Modelo 115, para las retenciones practicadas a los alquileres de inmuebles donde se realiza la actividad profesional o económica. Están exentos de presentarlo aquellos autónomos cuyo alquiler no supera los 900 euros anuales.

Pagos fraccionados de IRPF

Los pagos fraccionados de IRPF son otra forma de adelanto que los autónomos hacen de este impuesto.

Según el régimen de tributación del IRPF, deberán presentar el modelo 130 o el modelo 131:

  • Modelo 130. Lo deben presentar aquellos que tributan por el régimen de estimación directa (normal o simplificada). El autónomo paga un 20% del rendimiento trimestral de su actividad (la diferencia entre ingresos y gastos). Si se practican retenciones a más del 70% de la facturación este modelo no se debe presentar.

  • Modelo 131. Lo presentan aquellos que tributan por el régimen de estimación objetiva (sistema de módulos).

Operaciones intracomunitarias: modelo 349

Los autónomos que llevan a cabo operaciones intracomunitarias - operaciones con profesionales o empresas de otros países de la Unión Europea - deben declararlas de manera periódica con el modelo 349.

El modelo, de carácter informativo, se debe entregar trimestralmente cuando el importe de los operaciones no haya superado los 50.000 euros en el periodo de referencia.

Cómo te puede ayudar el programa de facturación de Debitoor con tus obligaciones fiscales

Para rellenar estos modelos necesitas básicamente tu información de facturas, tanto de venta como de gasto.

  • Si eres usuario del programa de facturación de Debitoor, puedes descargarte esta información de tu cuenta de manera fácil en Configuración > Exportar datos.

  • Si trabajas con un asesor o gestoría - algo que te recomendamos - puedes también invitarlo a la plataforma Debitoor Studio. En tu cuenta, en Contactos > Asesor podrás hacerlo.

Tu asesor podrá descargarse directamente toda la información que necesite, sin que tú tengas que mover ni un dedo.

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