Emprendedor de Responsabilidad Limitada: obligaciones de facturación
El Emprededor de Responsabilidad Limitada puede estar obligado a hacer facturas por su actividad. La obligación de hacer facturas implica obligaciones fiscales como la declaración del IVA.
El Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL, en adelante) es una nueva forma de empresario individual que surgió con la Ley de Emprendedores de 2013.
Este tipo de emprendedor se distingue del resto en que, a la hora de responder por sus deudas, lo hace de forma limitada.
El Emprendedor de Responsabilidad Limitada: definición y características
El ERL es un tipo de empresario individual con forma jurídica propia. Como tal, se define como una persona física que realiza una actividad por cuenta propia.
Otros rasgos definitorios son:
- No trabaja a cargo de otra persona. El ERL tiene el control absoluto de su empresa (propiedad y dirección).
- Efectúa una actividad económica o profesional con ánimo de lucro.
- Puede tener trabajadores a su cargo sin que, por ello, quede desvirtuada su figura jurídica de emprendedor.
Las características de este tipo de emprendedor son las siguientes:
- Asume la responsabilidad personal de las deudas generadas por su actividad. Solo queda excluida la vivienda habitual.
- No existe un mínimo legal de capital incial para constituir la empresa.
- Empresa y empresario son la misma persona jurídica (empresario individual).
- Fiscalmente, tributa por el IRPF (rendimientos por actividades económicas) y no por el Impuesto de Sociedades.
Obligaciones de facturación del Emprendedor de Responsabilidad Limitada
Como toda empresa o autónomo, el ERL puede estar obligado a hacer facturas por su actividad.
Según la legislación española, el ERL está obligado a hacer facturas en los siguientes supuestos:
- Si el cliente es otra empresa, autónomo o la Adiminstración pública (en este último caso debe emitir una factura electrónica).
- Si el cliente, aun siendo particular, así lo desea para fines fiscales.
- En caso de exportaciones de bienes libres de IVA (a no ser que se hayan efectuado en tiendas exentas de impuestos).
- En operaciones intracomunitarias.
- En entregas de bienes de instalación o montaje.
- En entregas a distancia de bienes bajo impuestos especiales.
Las obligaciones fiscales del Emprendedor de Responsabilidad Limitada
Amén de tributar por el lado del IRPF, si emite facturas por su actividad ha de cumplir con las siguientes obligaciones:
- Presentar el modelo 303] cada trimestre.
- Presentar el modelo 390 de resumen anual de IVA cada mes de enero.
- Si aplica retenciones de IRPF en las facturas, deberá declararlas cada trimestre. No deberá hacerlo si las aplica a más del 70% de su facturación.
Otras declaraciones a presentar son las siguientes:
- Entregar el modelo 111 cada trimestre si efectúa retenciones en las nóminas de sus trabajadores u otro profesional o empresario le ha aplicado retenciones en la factura. De tener que presentar este modelo, anualmente se deberá presentar el modelo 190.
- Rellenar y presentar el modelo 115 si tiene un local de alquiler por encima de los 900 euros anuales. En tal caso, anualmente se debe presentar el modelo 180.
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