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¿Qué riesgos corre el autónomo que cotiza por la base mínima?

La gran mayoría de los autónomos en España cotiza a la Seguridad Social por la base mínima. ¿Qué riesgos implica una decisión así? ¿Cuáles son las consecuencias en materia de salud y pensiones?


Los autónomos que cotizan por la mínima recibirán una pensión mínima

En España más del 90% de los autónomos menores de 47 años cotiza por la base mínima, que en 2021 era de 944,40. ¿Qué quiere decir esto?

Varias cosas.

En primer lugar, que un autónomo puede elegir libremente su base de cotización con indenpendencia de lo que ingrese. En segundo lugar, que a partir de los 47 años esa libertad se limita: no puede cotizar por un base superior a los 2.052,00 euros (en 2021).

Por lo que nos quedamos con esa estadística (en conjunto, por si te pica la curiosidad: el 86% de los autónomos de todas las edades cotiza por la mínima).

Pero sus consecuencias y riesgos son otros. Y te los queremos desgranar a continuación, no sin antes preguntarnos por qué los autónomos, en su mayoría, cotizan por la mínima.

¿Por qué la mayoría de los autónomos cotiza por la mínima?

En 2021, la cuota mínima de cotización del autónomo se situaba en 289 euros al mes, sin contar bonificaciones para autónomos como la tarifa plana de 60 euros para nuevos autónomos.

289 euros al mes no es un pellizco suave si tenemos en cuenta que el salario medio de los autónomos en España no es para echar cohetes.

En neto, después de impuestos y cotizaciones a la Seguridad Social, los autónomos cobran una media de 10.000 euros anuales, según datos de la Agencia Tributaria.

Esto, sumado al hecho de que los autónomos pueden elegir su base de cotización, resuelve todo el enigma de por qué los autónomos cotizan por la mínima, con independencia de lo que ingresen: y es que con lo que ganan, ¿qué pueden hacer?

Ahora bien, ¿cuáles son las consecuencias? ¿Qué riesgos comporta cotizar por la mínima?

Una prestación baja por enfermedad

Pongamos que cotizas por la base mínima, a pesar de ingresar más, y te pones enfermo. Solicitas la baja por enfermedad, porque tienes derecho como autónomo que ha cotizado. ¿Cuánto percibirías?

Los cálculos serían los siguientes:

  • Por contingencias comunes. Percibes el 60% de la base reguladora durante los primeros 21 días. Después, el 75%. En resumen, habiendo cotizado por la mínima, percibirías entre 609,1 euros mensuales de prestación por baja por enfermedad.
  • Por contingencias profesionales. Percibes el 75% de la base reguladora, es decir, 708 euros al mes.

A esto le tienes que restar la cuota mensual (289 euros) durante el primer mes. Desde 2019, a partir del segundo mes de baja no se debe pagar la cuota de autónomo, lo que a todas luces es un gran alivio para los autónomos.

Una pensión menor

Aparte de la baja por enfermedad, que como contingencia puede ocurrir o no, está la jubilación, que esta tendrá que ocurrir necesariamente algún día.

La pensión se calcula según la base de cotización y según lo cotizado en los últimos 15-25 años. Esto último es una cifra progresiva que empezó a contar en 2012 (la pensión se calcula en base a los últimos 15 años cotizados) y deja de contar en 2022. A partir de esa fecha, se tendrán en cuenta los últimos 25 años de cotización a la hora de calcular la pensión.

Para que te hagas una idea y no fatigarte con cálculos y tablas, la pensión media de los autónomos en 2021 era de 780,95 euros al mes, según los datos de la Seguridad Social. Eso, para muchos, no es ni pan para hoy. Ya no hablemos del hambre que pueden pasar mañana...

¿Qué puede hacer un autónomo para evitarlo?

No hay que ser muy avispado: para evitar una pensión baja y una no menos baja prestación por enfermedad, el autónomo debería evitar cotizar por la base mínima, y hacerlo en base a sus ingresos reales.

Esto es, al menos, lo que recomiendan las asociaciones de autónomos como la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos de España (ATA).

Las estadísticas muestran que los autónomos aumentan su base de cotización cuando se acercan a la edad de jubilación. Pero esto no es suficiente, habida cuenta que el periodo mínimo de cotización para la pensión de jubilación se lleva ampliando desde 2012.

¿Falta una concienciación entre los autónomos, como aseguran desde la ATA, o es que no le queda más remedio al autónomo que cotizar por la mínima, dado sus bajos ingresos?

Sea como fuere, está claro que no hay una solución óptima para el autónomo. Cualquier decisión, siempre supondrá un riesgo, de futuro y de presente.

La nueva ley de autónomos de 2017, ¿una buena solución?

La ley de autónomos de 2017 permite unos mecanismos más flexibles para que el autónomo pueda adaptar la base de cotización a sus ingresos del momento.

Con la nueva legislación, podrá cambiar hasta cuatro veces al año de base de cotización. Esto permitirá al autónomo elegir una base mayor en los periodos del año en que obtenga más ingresos y escoger una base menor cuando la facturación flaquee.

Esta mayor flexibilidad le ayudará, por tanto, a cotizar más a nivel general y, por tanto, a obtener una mejor pensión en el momento de la jubilación.

Acuerdo de autónomos 2019

El acuerdo alcanzado entre las principales asociaciones de autónomos y el Gobierno para 2019 trae novedades por lo que hace a la cotización de autónomos.

A partir de 2019 se amplía la cobertura de los autónomos y se permite, entre otras cosas, percibir la prestación por contingencias profesionales desde el primer día de la baja.

Para más información, consulta los detalles del acuerdo en nuestro blog: "Cómo te afectará el acuerdo de autónomos para 2019".

Y en La jubilación de los autónomos en 2021 encontrarás la información más actualizada al respecto.


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