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El IVA de autónomos

La gran mayoría de los autónomos ejercen actividades sujetas a IVA. Esto les obliga a declarar el IVA cada trimestre.


El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es un impuesto que grava el consumo de bienes y servicios. Y los autónomos, como proveedores de bienes y servicios, están obligados a declarar el IVA de su actividad.

¿Todos los autónomos? No, todos no, pero casi todos. Aquellos autónomos cuya actividad está exenta de IVA no deben declararlo ni tampoco aquellos que forman parte del régimen especial de recargo de equivalencia.

La gran mayoría de autónomos están obligados a declarar el IVA de su actividad

IVA trimestral de autónomos

Para la gran mayoría de autónomos que deben declarar el IVA, hay que cumplir una formalidad cada trimestre. Esta formalidad tiene un nombre: modelo 303.

En el modelo 303 no solo se declara el IVA de las ventas, sino también el IVA de las compras. Por decirlo con términos más técnicos: el IVA devengado (el de las ventas) y el IVA soportado (el de las compras).

Por cierto, que cuando hablamos de IVA de las compras nos referimos al de aquellas compras relacionadas con la actividad. Que son las únicas que se pueden deducir fiscalmente.

Calendario del IVA de autónomos

El modelo 303 sigue siempre el mismo calendario año tras año:

  • Del 1 al 20 de abril se presentan la declaración del IVA del primer trimestre.
  • Del 1 al 20 de julio, las del segundo trimestre.
  • Del 1 al 20 de octubre es el periodo de presentación del IVA del tercer trimestre.
  • Del 1 al 30 de enero, se presenta el IVA el último trimestre del año.

Calcular el IVA de autónomos

El modelo 303 implica el cálculo del IVA que se debe declarar. Este cálculo es muy sencillo y para llevarlo a cabo solo hace falta tener presente el IVA de las facturas de venta y el IVA de las facturas de compra.

Así, el IVA a declarar será la diferencia entre el IVA devengado (el de las ventas) y el IVA soportado (el de las compras).

Para más información: Cómo rellenar el modelo 303 de IVA trimestral.

Devolución IVA autónomos

Por devolución se entiende el ingreso que hace la Agencia Tributaria a favor del autónomo después de que este haya presentado el modelo 303.

Sale a devolver cuando la diferencia entre el IVA de las ventas y el IVA de las compras es superior al de las ventas.

Cuándo se devuelve el IVA a los autonomos

Cuando es Hacienda la que debe devolver la diferencia del IVA, esta se solicita en la declaración del último trimestre del año, esto es, entre el 1 y el 30 de enero.

A partir de entonces, la Agencia Tributaria tiene un plazo máximo de seis meses para efectuar la devolución del IVA.

IVA anual de autónomos

Los autónomos solo deben declarar el IVA de su actividad cada trimestre. Sin embargo, de manera anual, deben presentar un resumen de todas las operaciones sujetas a IVA.

Este resumen anual es una declaración informativa. Resume, por así decirlo, todas las declaraciones trimestrales.

Para presentar dicho resumen, se debe rellenar el modelo 390. Y el periodo de presentación va del 1 al 30 de enero.

Aplazamiento del IVA de autónomos

Los autónomos pueden pedir el aplazamiento del pago del IVA a Hacienda, una medida que también afecta al pago del IRPF:

  • Si la deuda es inferior o igual a 30.000 euros, podrán solicitar el aplazamiento durante un máximo de 12 meses, sin necesidad de aportar garantías.
  • Cuando la deuda sea superior a 30.000 euros, el autónomo podrá pedir un aplazamiento durante un máximo de 36 meses. En este caso, ahora bien, el autónomo deberá aportar alguna garantía.

Para más información: La facturación del autónomo puede respirar con alivio: podrá aplazar sus deudas con Hacienda.

Autónomos exentos de IVA

Los autónomos que ejercen una actividad exenta de IVA no tienen que presentar el modelo 303. Entre otras cosas, porque no hay IVA que declarar.

Las actividades exentas de IVA están recogidas en el artículo 20 de la Ley de IVA. Se trata de 28 actividades que te resumimos en modelo de factura exento de IVA.

La desventaja de ejercer una actividad exenta de IVA es que tampoco se puede deducir el IVA de los gastos.

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