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¿Cuánto se paga de autónomo por módulos?

El autónomo que tributa en el sistema de módulos deberá calcular el pago fraccionado del IRPF en base a su rendimient neto.


El régimen de estimación objetiva, también conocido por sistema de módulos, es un régimen de tributación del IRPF popular entre autónomos por su facilidad y otras razones menos elegantes.

Y es que, a nivel fiscal, resulta menos complicada que otros regímenes. Sin embargo, desde hace años está en el punto de mira de la Agencia Tributaria por las irregularidades que este régimen puede encubrir entre algunos autónomos.

De ahí que, en 2016, se restringiera su acceso, con el objetivo de hacerlo aun más restrictivo para 2020. No obstante, 2020 llegó y el Gobierno decidió prorrogar los límites más tiempo (más información en Los autónomos y los cambios en el sistema por módulos). Todavía se desconoce la suerte que seguirá dicho régimen en el futuro.

El sistema de módulos y cuánto tiene que pagar un autónomo

El autónomo por módulos

No todos los autónomos pueden tributar por módulos. Este sistema está restringido a unas actividades que el Ministerio de Hacienda publica en una orden ministerial a final de cada año.

Otra restricción tiene que ver con los rendimientos anuales, que no pueden superar los siguientes límites:

  • 250.000 euros para todas las actividades, incluidas las actividades agrícoles, pesqueras y ganaderas.
  • 125.000 euros para aquellos que están obligados a hacer facturas.

Estos rendimientos se calculan por actividades a través de unas parámetros preestablecidos por la orden ministerial (de ahí lo de "estimación objetiva").

El autónomo deberá tributar una cantidad fija con independencia de los ingresos y gastos reales del año fisca en curso, según unos indicadores o "módulos".

Cómo debe calcular el autónomo el pago del IRPF en sistema de módulos

Los autónomos en módulos tienen que hacer pagos fraccionados del IRPF. Para ello deben presentar cada trimestre el modelo 131.

Este modelo se debe presentar según el siguiente calendario:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del año posterior.

La presentación de este modelo no exime de presentar la declaración de renta anual del IRPF (usando el modelo D-100).

Para el cálculo del pago fraccionado, el autónomo tiene que tener en cuenta los parámetros objetivos o módulos para el cálculo del rendimiento neto.

Una vez calculado el rendimiento neto en base a los distintos parámetros, el importe del pago fraccionado del IRPF será:

  • El 4% del rendimiento neto aplicable.
  • El 3% en casi de tener un trabajador contratado.
  • El 2% cuando no se cuente con trabajadores contratadas o la actividad sea agrícola.

Por último, el pago fraccionado del IRPF tampoco exime del pago del IVA por la actividad. IVA e IRPF son dos impuestos diferentes y el autónomo en módulos también debe hacer frente al primero.

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