El trabajo autónomo desde casa
Trabajar como autónomo en casa tiene sus ventajas: te ahorras tener que pagar el alquiler de un local o despacho. Y también te puedes deducir gastos relacionados con la actividad.
Muchos autónomos trabajan desde casa. Algunas veces por elección y, otras, porque no queda otra cosa: trabajar en una oficina también supone gastos elevados (alquiler, etc.).
Trabajar desde casa, sin embargo, no siempre es tarea fácil. Dependiendo de la situación de cada uno (soltero, con hijos, etc.) trabajar desde casa puede ser psicológicamente duro. Tan duro como el teletrabajo.
Pero también tiene sus ventajas: uno se ahorra los costes de alquiler de un local o de un despacho. Y hasta, con suerte, no tiene que soportar al compañero plasta de la oficina.
Autónomo: te puedes desgravar los gastos de casa
Una de las ventajas, amén de las ya mencionadas, para trabajar desde casa es que uno se puede desgravar determinados gastos.
Los gastos deducibles, si uno sabe declararlos bien, pueden suponer un importante ahorro.
No obstante, antes de nada debes informar a la Agencia Tributaria que vas a trabajar desde casa. Y debes notificarle los metros cuadrados, de tu domicilio, que vas a destinar para tu actividad (no, no todo el domicilio vale).
El momento y el lugar para hacerlo es al darte de alta como autónomo rellenando el modelo 036 o el modelo 037 (este último es el específico para autónomos).
¿Qué gastos te puedes deducir si trabajas desde casa? A continuación te los detallamos.
Gastos deducibles de autónomo al trabajar en casa
La Agencia Tributaria acepta la deducción del 30% en el IRPF de los gastos de:
- Agua.
- Luz.
- Gas.
- Telefonía.
- Internet.
No obstante, ten en cuenta que lo que te puedes deducir no es el 30% del total de cada uno de los gastos, sino el 30% de la parte proporcional de tu vivienda que empleas para la actividad.
Es decir, que si empleas el 20% de tu vivienda - un señor despacho - para tu actividad, a la factura de la luz, agua, etc., tendrás que calcularle primero el 20%. Y de ese 20%, podrás deducirte el 30% en el IRPF.
Por poner un ejemplo: te llega una factura mensual de 100 euros de luz. De esos 100 euros, tendrás que restarle en primer lugar el 20% (que es el espacio de tu vivienda que usas para la actividad). Lo que te da son 20 euros. Pues bien, de esos 20%, podrás deducirte el 30%. Es decir: 6 euros.
Amplía información sobre gastos deducibles en: Gastos deducibles para autónomos.
Datos Generales
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