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Ayudas para mujeres autónomas

Las mujeres autónomas tienen acceso a determinadas bonificaciones a la Seguridad Social como la tarifa plana, la baja por maternidad o el cuidado de hijos.


Los autónomos son un sector predominantemente masculino: casi siete de cada 10 autónomos en España son varones. Es una proporción que apenas ha variado en los últimos diez años, si atendemos a las cifras de autónomos del Ministerio de Trabajo.

Más información en los datos estadísticos sobre autónomos del Ministerio de Trabajo.

Las mujeres son un colectivo que pueden beneficiarse de ayudas públicas en forma de bonificaciones de la Seguridad Social debido a aspectos como el embarazo y la maternidad; la gran responsable esta última, según la economista Sara de la Rica, de la brecha salarial entre hombres y mujeres.

Las ayudas también contemplan otras situaciones o aspectos, como la edad, el cuidado de hijos o ser víctima de violencia de género.

Ayudas de la Seguridad Social a mujeres autónomas

Ayudas para mujeres como nuevas autónomas: la tarifa plana

La tarifa plana, una bonificación de la Seguridad Social por la que el autónomo solo paga 60 euros al mes durante los primeros 12 meses de actividad, tiene una particularidad para las mujeres.

Si se trata de una mujer autónoma menor de 35 años, seguirá beneficiándose de una reducción del 30% en la cuota de autónomo hasta el mes 30 (la bonificación regular dura hasta el mes 24).

Además, las mujeres autónomas que retomen su actividad después de la baja por maternidad pueden solicitar la tarifa plana de 60 euros mensuales (no se les aplica el periodo de carencia de 2 años).

Más información sobre la tarifa plana: Cómo solicitar la tarifa plana de 60 euros para autónomos.

Ayudas para mujeres autónomas embarazadas

Cuando una mujer es autónoma y está embarazada, puede beneficiarse de las siguientes prestaciones de la Seguridad Social:

  • Si la mujer autónoma se pone enferma durante el embarazo, cobrará por incapacidad temporal, como cualquier otro autónomo que esté de baja por incapacidad temporal.

En tal caso, la prestación es del 60% de la base reguladora - o base de cotización - desde el día 4 hasta el día 21. A partir del día 21, percibirá el 75% de la base.

  • En caso de que la baja esté motivada por riesgo en el embarazo, percibirá el 100% de la base reguladora.

Ayudas para mujeres autónomas en baja por maternidad

Las mujeres autónomas también tienen derecho, después del parto, a beneficiarse de 16 semanas de baja por maternidad.

La cuantía del subsidio equivale al 100% de la base de cotización, por lo que si cotiza por la mínima (944,4 euros en 2021), recibirá 944,4 euros al mes. Hay que tener en cuenta también que no tendrá que pagar la cuota de autónomo mientras dure la baja.

En caso de no cumplir con los requisitos, existe un subsidio no contributivo que se puede cobrar durante los 42 días naturales posteriores al parto. La duración se puede extender si:

  • Se trata de familia numerosa o monoparental.
  • Si hay parto múltiple (dos o más hijos).
  • Si el padre o la madre tienen una discapacidad igual o superior al 65%.

La cuantía se corresponde con el 100% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Ayudas para mujeres autónomas con hijos

Superada la baja por maternidad, una mujer autónoma con hijos menores de 12 años - o que deba cuidar de un familiar dependiente o con discapacidad en un grado mínimo del 33% - puede solicitar una bonificación completa en la cuota de autónomo para dedicarse a su cuidado durante 12 meses.

Ahora bien, debe contratar a otra persona que se encargue de su actividad y, al retomar la actividad, estar dada de alta de autónoma durante al menos 6 meses.

Ayudas para mujeres autónomas víctimas de violencia de género

Aquellas mujeres víctimas de violencia de género que deban suspender su actividad para hacer efectiva su protección, recibirán una bonificación del 100% en la cuota de autónomo.

La condición de víctima de violencia de género ha de estar acreditada por la Administración y la duración de la bonificación es de 6 meses. Su condición, a efectos de alta a la Seguridad Social, será de asimilada.

Ayudas para mujeres autónomas desempleadas

Aquellas mujeres desempleadas que deseen iniciar una actividad por cuenta propia, pueden beneficiarse del programa de Promoción del empleo autónomo.

Entre las distintas ayudas que ofrece, está la subvención por establecimiento como trabajador autónomo, por la que se pueden percibir hasta un máximo de 10.000 euros.

Ahora bien, dicha ayuda tiene un condicionante: el beneficiario tiene que mantener la actividad - o estar dado de alta asimilada en la Seguridad Social - durante al menos 3 años.

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