Despido por jubilación del autónomo
Al jubilarse un autónomo, ¿qué ocurre con sus trabajadores? ¿Son despedidos automáticamente? ¿Tienen derecho a una indemnización?
En otro lugar te hemos hablado de la jubilación de los autónomos. ¿Pero qué ocurre cuando tiene trabajadores a su cargo?
El Estatuto de los Trabajadores contempla este supuesto - el despido por jubilación del empleador - así como el tipo de indemnización al que los trabajadores tienen derecho.
La indemnización por despido debido a la jubilación del autónomo
En el Estatuto de los Trabajadores (art. 49, apartado g), se menciona como una de las causas de extinción del contrato laboral la jubilación del empresario.
Por lo tanto, si un autónomo con trabajadores a su cargo se jubila, el contrato de sus trabajadores se extingue automáticamente.
La extinción del contrato viene acompañada de una indemnización que equivale a un mes de salario.
Conviene tener en cuenta, por lo demás, que si el autónomo se jubila pero su negocio sigue a nombre de otra persona, no se extingue el contrato de los trabajadores. Estos siguen contratados de manera subrogada.
Si la causa del despido es el cese de la actividad, sin jubilación, te recomendamos consultar: El despido por cese de actividad del autónomo.
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