Guía para empresas y autónomos

Tu programa de facturación y contabilidad

Cómo contestar los requerimientos de Hacienda

Si eres autónomo recibir una carta de Hacienda rara vez supone una invitación a la alegría, sobre todo cuando se trata de un requerimiento. Pero tampoco hay que sobredimensionar el tamaño del peligro. A veces no es tan fiero el león (Hacienda) como lo pintan.


Cuando recibas un requerimiento de Hacienda, lo primero que te recomendamos - antes de maldecir a alguien o algo - es, simplemente, abrir la carta y leerla atentamente hasta el final.

Lo último que te sugerimos es que la rechaces o te desentiendas de ella, pues Hacienda envía todos sus requerimientos de forma certificada y el cartero lo intentará hasta dos veces si a la primera no ha recibido respuesta.

Si la notificación no ha sido posible, se hará pública en el Boletín Oficial del Estado, por lo que una vez publicada, empieza a contar el plazo de respuesta. Y no responder, una vez pasado ese plazo, puede acarrear sanciones.

Primer paso: lee la carta y sigue las instrucciones

Ya has recibido la carta y has abandonado cualquier tentación de rechazarla o tirarla a la basura. A partir de ese momento, tienes un plazo de diez días hábiles (es decir, sin contar domingos ni festivos) para responder. No seas vago y no lo dejes para el último día. Hoy en día no hay excusa que valga para responder con celeridad a la petición.

Hacienda, que siempre está a la vanguardia tecnológica, te permite responder de forma electrónica. Además, en su propia página web, Hacienda te explica cómo contestar requerimientos. Por lo que te invitamos a consultar su web, pero también a seguir leyéndonos.

faq-spain-contestar-requerimientos-hacienda-2014-12-12_3.jpg

Segundo paso: contesta la carta

Ya has leído la carta y sabes lo que Hacienda solicita. También has leído las instrucciones de cómo responder (que vienen explicitadas en la misma carta) y has leído en la página web de Hacienda cómo contestar requerimientos y notificaciones.

En principio, ya lo sabes todo, o casi todo, pero si sigues leyendo un poco más, sabrás más cosas.

Estás en la sede electrónica de la AEAT, en la sección de “Trámites destacados”, apartado “Contestar requerimientos o presentar documentación relacionada con una notificación recibida de la AEAT”. Para arreglar los trámites necesitas lo siguiente:

Ahora ya puedes consultar la notificación o notificaciones pendientes así como responderlas y presentar la documentación necesaria. Esta documentación se puede adjuntar con ficheros de documentos con formato PDF o Word. Estos no pueden superar los 46 megas.

Si no te convencen los medios electrónicos, tienes la opción de responder por correo convencional o pedir una cita.

Tercer paso: las alegaciones

Este no es un paso necesario. Pero puede ser un siguiente paso si Hacienda no está conforme con la primera respuesta. Un caso común son las conocidas liquidaciones paralelas. Se tratan de declaraciones alternativas que Hacienda envía cuando no le cuadran los datos que le enviaste en tu declaración.

Si al alegar la primera vez (paso uno y dos), Hacienda considera que la información presentada sigue siendo insuficiente o errónea, no queda más que pagar. Es por eso que te recomendamos siempre guardar todos tus recibos, para evitar estos sustos.

¿Se puede alegar de nuevo? Sí, se puede. Hacienda te ha abierto ahora un expediente sancionador y se abre un nuevo plazo de alegaciones. Ahora bien, mientras tanto y hasta que se resuelve esta segunda fase de alegaciones, no te queda otra que abonar la deuda reclamada por Hacienda.

Si Hacienda vuelve a desestimar tus alegaciones, te llegará una comunicación de sanción.

Si has llegado a este punto - que esperemos que no -, los siguientes pasos, por orden, serían los siguientes:

  1. Presentar un recurso de reposición. Si con estas Hacienda no te da la razón;
  2. Puedes cursar una reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes natural después de la resolución de Hacienda.
  3. La última vía es el recurso contencioso-administrativo.

Llegados a estas alturas del partido, convendría también buscar un asesor.

Datos generales: Controla la contabilidad de tu negocio con el programa de facturación Debitoor. Es un programa diseñado para pequeñas empresas y autónomos y te permite, entre otras cosas, guardar todos tus recibos.

Es simple, muy intuitivo y eficiente. Comienza ahora gratis. Incluye facturación y gastos, más la gestión total de tu lista de clientes y productos.


¡Debitoor ahora es SumUp!

El programa Debitoor ya no está disponible. Pero, si buscas un programa de facturación todo en uno, SumUp tiene todo lo que necesitas. SumUp es más que un programa de facturación. Ofrecemos toda una gama de herramientas integradas para ayudarte a gestionar tu negocio de forma fácil y eficiente. Abre una Cuenta de Empresa con una Mastercard gratuita, configura una tienda en línea, acepta una amplio abanico de formas de pago en persona y en remoto, y mucho más. ¡Empieza a optimizar tus facturas, tus pagos y tus cuentas hoy mismo!

Ir a SumUp

Nos importa tu privacidad

Cuando accedes a este sitio web o utilizas cualquiera de nuestras aplicaciones móviles, podemos recopilar automáticamente información, como datos estándar e identificadores, con fines estadísticos o de marketing. Puedes dar tu consentimiento para el procesamiento con estos fines configurando tus preferencias a continuación. Si prefieres no proporcionalo, puedes optar por rechazar el consentimiento. Ten en cuenta que tu navegador aún puede retener cierta información, ya que es necesaria para que el buen funcionamiento de la página. Ten en cuenta que tu navegador aún puede retener cierta información, ya que es necesaria para que el buen funcionamiento de la página. Puedes cambiar tus preferencias de privacidad en cualquier momento cuando regreses a este sitio web.