Datos adicionales imprescindibles en una factura
En las facturas has de incluir información adicional obligatoria que concierne a tu situación fiscal o la naturaleza fiscal del servicio o producto.
Cuando tienes que hacer facturas, puede que te asalten las siguientes dudas: ¿He puesto todo lo que tenía que poner? ¿Me habré dejado algo?
Si utilizas un programa de facturación, es probable que esta pregunta no sea tan acuciante. Los programas de facturación contemplan todos los requisitos para que tu factura sea emitida legalmente. La Agencia Tributaria los especifica en su página web distinguiendo la factura simplificada de la factura completa.
No está de más que aquí recordemos los contenidos de una factura:
- Llámalo “Factura”. Resulta sin duda una obviedad, pero para que tenga carácter legal tienes que titular el documento como tal ("Factura") para distinguirlo de otro documento comercial (un presupuesto, un alabarán, etc.).
- Fecha de emisión de la factura.
- Número. Tus facturas no sólo han de ir numeradas, sino que la numeración ha de ser correlativa y sin saltos. Así cuando las presentes a Hacienda te ahorrarás sobresaltos.
- Datos del emisor. Tu nombre y apellidos (como autónomo) o razón social (como empresa), NIF y domicilio fiscal.
- Datos del cliente. Nombre y apellidos o razón social de tu cliente, su NIF y su domicilio fiscal.
- Producto o servicio. Cualquier factura ha de contener el producto y su descripción, precio, número de unidades y el tipo de IVA (y si procede, el IRPF).
- Total. Tu factura ha de incluir el total neto, el importe de IVA y el total bruto.
Recuerda que si existe algún tipo de descuento deberás indicarlo también.
Hasta aquí los requisitos imprescindibles. Ahora bien, también hay datos adicionales no por ello menos imprescindibles. Se trata de aspectos fiscales que Hacienda considera obligado anotar:
- Regímenes especiales. Si estás dado de alta en el régimen especial de las agencias de viaje o en los regímenes especiales de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección has de hacerlo constar.
- Factura exenta de IVA. Si es el caso, has de indicar que la operación está libre de IVA y hacer referencia al motivo: ya sea a las disposiciones correspondientes de la Directiva Europea 2006/112/CE, de 28 de noviembre, relativa al sistema común del IVA, (las exportaciones, por ejemplo, están exentas de IVA) o a los preceptos correspondientes de la Ley del Impuesto.
- Pagos anticipados. Si la operación recibió un anticipo en una fecha diferente a la fecha de emisión de la factura, también has de indicarlo.
- Facturación por el destinatario. Si es tu cliente el que expide la factura en tu lugar o eres tú el que emite la factura en lugar de tu proveedor, has de indicar "facturación por el destinatario".
- Inversión del sujeto pasivo. Si el IVA recae sobre el destinatario de la factura, has de indicarlo con la referencia "inversión del sujeto pasivo".
- En las entregas de medios de transporte nuevos, has de indicar la fecha de su primera puesta en servicio y las distancias recorridas u horas de navegación o vuelo realizadas hasta su entrega.
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