IRPF y retenciones para autónomos

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es el impuesto que se aplica a los autónomos por su actividad.

El IRPF es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es decir, un impuesto sobre las ganancias de las personas físicas, ya sean trabajadores por cuenta ajena o trabajadores por cuentra propia (autónomos).

Los autónomos deben declararlo anualmente mediante la declaración de la renta. Además, algunos de ellos deben aplicar retenciones a cuenta del IRPF en sus facturas.

IRPF y autónomos

A veces el mundo del autónomo parece ser un poco distinto al de la mayoría de empleados y que se juega con reglas distintas. Por ello, debes saber cómo te afecta el IRPF.

Como autónomo también pagas este impuesto, pues afecta a las personas físicas. Ésta es una de las obligaciones fiscales que más te puede preocupar cuando empiezas tu negocio.

El IRPF en sí es un impuesto progresivo. Por tanto, cuanto más ganas, más pagas. Hacienda establece una serie de porcentajes para poder calcular cuánto pagas de IRPF.

El porcentaje de IRPF de contribución para un autónomo es, desde 2015, del 15%. Por tanto, pagarás a la Agencia Tributaria la cantidad proporcional al 15% de todo lo que hayas facturado en un trimestre.

Retención de IRPF de autónomos

Algunos autónomos - no todos - deben aplicar retenciones en su facturación. El tipo general, como comentábamos, es del 15%.

Crear una factura con IRPF

Los autónomos que deben aplicar retenciones son aquellos que están dados de alta en las secciones segunda y tercera del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Se trata, por tanto, de autónomos en actividades profesionales y artísticas que solo deben aplicar retenciones cuando el destinatario es otro autónomo o empresa. En caso de particulares o en operaciones intracomunitarias no se deben aplicar las retenciones.

El IRPF en los nuevos autónomos

Los nuevos autónomos se pueden aplicar una retención reducida del 7% en el primer año de alta y en los siguientes dos años de actividad.

No obstante, es algo opcional y el autónomo debe valorar si eso le compensa al final del año. Para más información, consulta nuestro artículo: ¿Es buena idea aplicar el 7 por ciento de retención en tu factura?

El IRPF en las facturas de autónomos

Las retenciones de IRPF, ya sean del 15% o del 7%, se deben aplicar directamente en las facturas, siempre y cuando el cliente sea otra empresa o autónomo y la operación tenga lugar en territorio español.

Por ello, para tributar se te retiene dinero de la factura para ingresarlo posteriormente en Hacienda. Como has visto anteriormente, durante los tres primeros años como autónomo puedes aplicar el 7% de IRPF.

Por ejemplo, si facturas 1.000 euros y aplicas una retención del 7%, recibirás 930 euros (sin contar el IVA, claro). Y si aplicas el 15%, facturarías 850 euros (de nuevo, con el IVA aparte).

Encontrarás más información en: El IRPF en las facturas de los autónomos.

El IRPF trimestral de autónomos: modelo 130 o modelo 131

Las retenciones de IRPF debes liquidarlas cada trimestre. Puedes hacerlo mediante el modelo 131 si tributas por el régimen de estimación objetiva o módulos.

En el caso de tributar en el régimen de estimación directa normal deberás presentar el modelo 130.

Gastos deducibles en el IRPF para autónomos

Entre los gastos deducibles se encuentran aquellos que se aplican sobre el IRPF.

Así, los autónomos se pueden deducir determinados gastos en la declaración anual de la renta. Para ello, los gastos han de estar relacionados con su actividad y han de estar justificados (mediante factura).

Entre dichos gastos deducibles se encuentran los sueldos y salarios de los empleados, los pagos a la Seguridad Social, gastos financiarios y otros que puedes consultar en el artículo: Gastos deducibles para autónomos.

¿La cuota de autónomos es deducible en el IRPF?

La cuota de autónomos supone un gasto fijo para todos los autónomos. Y un gasto que se hace notar mes a mes.

Ahora bien, la cuota de autónomo sí es deducible por el lado del IRPF. Por lo que se puede declarar al hacer la declaración presentando el justificante de la entidad bancaria.

Tramos de IRPF de autónomos

Para identificar el tipo de gravamen que se aplicará en la declaración anual de la renta, es decir, el tipo de retención de IRPF es necesario tener en cuenta los ingresos. Los índices que determinan el porcentaje de retención se conocen como tramos.

Estos tramos son variables dinámicas, es decir, pueden cambiar cada año. Por tanto, se organizan una serie de ratios o cuotas cada año para establecer la retención de IRPF de acuerdo a la base imponible.

En 2021 los tramos de IRPF de 2018 y 2019 se mantienen, pero se añade un último tramo de 300.000 euros en adelante. Estos tramos se organizan en 6 variables. Es posible anticipar el tramo de retenciones de acuerdo al tipo de base imponible que se espera.

Por tanto, si atendemos a esta gráfica podemos ver que los tramos para 2021 son los siguientes:

  • De 0,00 € a 12.450,00 € la retención es 19%

  • De 12.450,00 € a 20.200,00 € la retención es 24%

  • De 20.200,00 € a 35.200,00 € la retención es 30%

  • De 35.200,00 € a 60.000,00 € la retención es 37%

  • De 60.000,00 € a 300.000 € la retención es 45%

  • De 300.000 € en adelante, la retenicón es 47%

Recuerda que estos tramos pueden variar de acuerdo a la legislación y que para los autónomos no existe algo así como una retención mínima de IRPF como sí existe entre los trabajadores por cuenta ajena.