Comunidad de bienes - ¿Qué es una comunidad de bienes?

Es una sociedad sin personalidad jurídica propia formada por autónomos que comparten una misma actividad. Tributa por el IRPF de los socios comuneros, pero la facturación y la contabilidad son conjuntas.

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Una comunidad de bienes es una sociedad formada por autónomos a través de un contrato privado para emprender un actividad conjunta.

Al no tener una personalidad jurídica propia, comparte ciertos rasgos propios del autónomo (tributación, responsabilidad frente a terceros) y también rasgos de una sociedad facturación y contabilidad).

Cómo funciona una comunidad de bienes

Una comunidad de bienes está regulada por el Código de Comercio y el Código Civil. Se constituye a través de un contrato privado entre dos o más autónomos. En el contrato se debe especificar:

  • El tipo de actividad que se va a desarrollar.

  • La participación de cada uno de los socios comuneros, ya sea en dinero o en especie.

  • El sistema de administración y el uso de recursos comunes.

No existe una aportación mínima para constituir una comunidad de bienes y solo es posible aportar dinero y trabajo conjuntos (por separado no es posible).

Para formalizar la constitución de una comunidad de bienes en Hacienda hay que seguir los siguientes pasos:

  • Presentar el modelo 036 para obtener el CIF.

  • Cursar el alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

  • Liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados si se aportan bienes. Se debe aplicar un 1% sobre la base.

La tributación de una comunidad de bienes

Las comunidades de bienes tributan por el IRPF de los socios comuneros, no por el Impuesto de Sociedades.

Este rasgo es el que la diferencia de una sociedad civil, una forma parecida de emprender proyectos comunes entre autónomos pero sin las complicaciones de gestión, contabilidad y fiscalidad que conllevan las sociedades limitadas.

La facturación y la contabilidad de una comunidad de bienes

La comunidad de bienes ha de llevar su propio registro contable y de facturas (ingresos, gastos, etc.).

Esto quiere decir que se deben emitir facturas en nombre de la comunidad de bienes (no de los socios comuneros) y el IVA se debe liquidar también en nombre de la comunidad.

Ventajas y desventajas de una comunidad de bienes

Como toda forma jurídica, una comunidad de bienes tiene sus ventajas y desventajas. Entre las primeras cabe destacar:

  • Los trámites de constitución son sencillos.

  • No hay que hacer una aportación mínima fijada por ley.

  • La gestión es fácil.

Entre las desventajas encontramos las mismas que tienen los autónomos:

  • La responsabilidad frente a terceros es ilimitada y solidaria (los socios comuneros se respaldan entre ellos).

  • Menos ayudas y subvenciones disponibles.